La seguridad privada es una actividad regulada. Antes de confiar un sitio a un proveedor de servicios, el mandante puede y debe comprobar el marco jurídico de la misión.
Estos controles son simples: se relacionan con la empresa, el gerente, los agentes y el seguro.
Autorización para ejercer
La autorización para ejercer corresponde a la empresa. Permite realizar la actividad de vigilancia y vigilancia de conformidad con el Libro VI del Código de Seguridad Interior.
- Número de autorización
- Nombre corporativo consistente
- Actividad correspondiente a la misión
Tarjetas de visita
Cada agente asignado al sitio debe poseer una tarjeta profesional válida. Esta verificación protege al cliente y al proveedor del servicio.
- Validez en curso
- Actividad autorizada
- Agente realmente asignado a la misión.
Artículo L.612-14
La autorización para ejercer no confiere prerrogativa alguna de autoridad pública. Una empresa de seguridad privada sigue siendo un proveedor de servicios privado, responsable de una misión contractual.



